Normativa

Normativa de drones en España en 2026: la guía completa (categorías, registro AESA, ENAIRE)

Categoría abierta, subcategorías A1/A2/A3, clases C0 a C4, registro de operador en AESA, mapa ENAIRE Drones, Remote ID: todo lo que un piloto de dron DJI debe saber para volar legalmente en España en 2026.

Por Dronex5 de junio de 202610 min
Dron sobrevolando un paisaje al atardecer

Volar un dron de ocio en España es perfectamente legal, siempre que se respete el marco europeo introducido por EASA y aplicado en España por AESA. La buena noticia: estas reglas son más sencillas de lo que parecen. Esta guía, actualizada para 2026, repasa las categorías, el registro obligatorio, la formación y las zonas geográficas UAS.

La categoría «abierta»: la del 99 % de los pilotos de ocio

Casi todos los vuelos de ocio se realizan en la categoría abierta. Cubre los drones de menos de 25 kg, volando dentro del campo visual (el piloto mantiene el dron a la vista) y a una altura máxima de 120 metros sobre el suelo. No se requiere autorización previa: basta con cumplir las condiciones de la subcategoría que corresponde a tu aparato.

Las tres subcategorías A1, A2 y A3

  • A1 — volar «por encima» de personas aisladas: reservada a los drones más ligeros (menos de 250 g, como el DJI Neo, o clase C1). Nunca se sobrevuela deliberadamente concentraciones de personas.
  • A2 — volar «cerca» de personas: para drones de clase C2, con una distancia de seguridad horizontal (hasta 30 m, o 5 m en modo baja velocidad).
  • A3 — volar «lejos» de personas: para drones más pesados (clases C3/C4), a al menos 150 m de zonas residenciales, comerciales o industriales.

En la práctica, cuanto más ligero es tu dron, más libertad tienes. Ese es todo el interés de los aparatos de menos de 250 g.

Las clases C0 a C4: el marcado europeo

Desde la generalización del marcado CE «clase de dron», cada aparato nuevo lleva una etiqueta de C0 a C4 que determina la subcategoría de vuelo permitida:

  • C0: menos de 250 g (ej. DJI Neo, Mini). Vuelo en A1, formación mínima.
  • C1: menos de 900 g. Vuelo en A1, formación en línea requerida.
  • C2: menos de 4 kg. Vuelo en A2, certificado A2 necesario.
  • C3 / C4: hasta 25 kg. Vuelo en A3 únicamente.

Registro obligatorio: el reflejo AESA

En España debes registrarte como operador de UAS en la sede electrónica de AESA en cuanto tu aparato pese 250 g o más, o esté equipado con un sensor (cámara) capaz de captar datos personales. En la práctica, casi todos los drones con cámara están afectados, incluidos modelos muy ligeros como el DJI Neo en cuanto graban.

  1. Regístrate como operador UAS en la sede electrónica de AESA (gratis; el trámite es inmediato con certificado digital o Cl@ve).
  2. Recibes un número de operador único (válido un año, se renueva).
  3. Pon ese número en tu dron (etiqueta) y en la app DJI.

Formación: gratuita y rápida

Para la categoría abierta, la formación básica se hace en línea y de forma gratuita en la web de AESA. Termina con un pequeño examen (tipo test) que expide el certificado de superación (A1/A3). Para la subcategoría A2, se necesita un examen teórico adicional («certificado A2»). Para el ocio con un dron ligero, la formación en línea basta en la gran mayoría de los casos.

¿Dónde se puede volar?

Es la pregunta más importante. Algunas zonas están prohibidas o restringidas: aeropuertos, bases militares, centrales, prisiones, espacios naturales protegidos y gran parte de las zonas urbanas densas. Antes de cada vuelo, consulta el mapa oficial ENAIRE Drones: desde el RD 517/2024 es la única fuente legalmente reconocida de las zonas geográficas UAS en España (las apps de terceros no sirven). La regla de oro: nunca sobrevueles a otras personas sin motivo, ni propiedades privadas, y respeta la privacidad.

  • Altura máx.: 120 m sobre el suelo.
  • Solo dentro del campo visual (salvo FPV con observador — ver nuestra guía FPV).
  • Prohibido sobrevolar personas o concentraciones.
  • Respetar las zonas geográficas UAS (mapa ENAIRE Drones).

Remote ID: la identificación electrónica a distancia

Con la consolidación del marco europeo, los drones de las clases afectadas deben emitir una identificación electrónica a distancia (Remote ID): en vuelo, el aparato transmite de forma continua su número de serie, su posición, su altitud y el punto de despegue. En la práctica, en un dron DJI reciente esta función está integrada y se activa desde la app: solo tienes que indicar tu número de operador. Es transparente, pero obligatoria para los aparatos sujetos a ella.

¿Y el FPV (vuelo en inmersión)?

El vuelo en inmersión con gafas como las DJI Goggles 3 impone una restricción adicional: como el piloto no ve directamente su dron, la ley exige la presencia de un observador a su lado, capaz de mantener el aparato a la vista y avisar en caso de peligro. El resto de las reglas de la categoría abierta se aplican.

En resumen: regístrate como operador en AESA, haz la formación en línea, consulta ENAIRE Drones, vuela a la vista por debajo de 120 m, evita las zonas prohibidas y nunca sobrevueles a personas. Con estos reflejos, cumples la ley en toda España.

Preguntas frecuentes

¿Hace falta una licencia para pilotar un dron DJI en España?

No existe una «licencia» única, pero el certificado de formación de AESA (A1/A3), gratuito y en línea, es obligatorio en cuanto el dron pesa 250 g o más, o tiene cámara. Para la subcategoría A2 se requiere un examen teórico adicional (certificado A2).

¿Un dron de menos de 250 g como el DJI Neo está exento de todo?

No. Incluso por debajo de 250 g, en cuanto el dron graba, normalmente debes registrarte como operador en AESA y respetar las zonas geográficas UAS del mapa ENAIRE. La formación, eso sí, es mucho más ligera.

¿Cuál es la altura máxima permitida?

120 metros sobre el suelo en la categoría abierta, salvo restricciones locales más estrictas indicadas en el mapa ENAIRE Drones.

#normativa#AESA#EASA#registro operador#ENAIRE

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